
La Fianza es un contrato por el cual una persona al que se le denomina fiador, se compromete a pagar a otra denominada acreedor (beneficiario) si el deudor (fiado), no lo hace (artículo 2794 Código Civil Federal).

En este tipo de Fianzas, la compañía afianzadora se obliga a pagar las responsabilidades derivadas de la comisión de un delito patrimonial, por un empleado en contra de su patrón. Por ejemplo, un Patrón puede solicitar una fianza de fidelidad para afianzar a sus empleados administrativos o agentes de ventas, para que en el caso de que éstos cometan algún robo, fraude o abuso de confianza en su, la FIANZA cubra el importe del quebranto patrimonial en términos de lo pactado.

Con esta Fianza se puede garantizar el cumplimiento de diversas obligaciones dentro de un procedimiento judicial penal o no penal. Por ejemplo, la libertad provisional; el pago de alimentos o de pensión en un divorcio; la reparación del daño, multas, etc.

Reciben este nombre aquellas Fianzas que garantizan el cumplimiento de contratos u otro tipo de obligaciones que se asumen frente a particulares o frente a entes administrativos. Por ejemplo, el cumplimiento de la ejecución de una obra; la entrega de mercancías; el pago del arrendamiento; el pago de impuestos; pago de cuotas del Seguro Social, entre otros.
Garantiza el pago de suministro otorgado a crédito.

Es una garantía de bajo costo Genera un mayor compromiso por parte del fiado (cliente) de llevar a buen término, el cumplimiento de la obligación adquirida. Con esta garantía, el fiado no bloquea su línea de crédito El fiado cuenta con una gran variedad de alternativas para contragarantizar la fianza ante la Afianzadora.